El pasado 7 de noviembre, el gobierno catalán aprobó un decreto ley que trae consigo cambios significativos para las viviendas de uso turístico en 262 municipios de Cataluña. La nueva normativa impone la obligación de obtener una licencia urbanística previa para las viviendas de uso turístico en estas localidades, y como resultado, se prevé el cierre de 28,000 pisos turísticos distribuidos en 47 municipios.
La legislación establece que los municipios afectados son aquellos que enfrentan desafíos en el acceso a viviendas permanentes o que ya cuentan con más de 5 pisos turísticos por cada 100 habitantes, o cumplen ambos criterios.
Este decreto establece que las viviendas de uso turístico deberán contar con una licencia urbanística previa con una duración de 5 años para destinarse a este uso, siendo responsabilidad de los Ayuntamientos adaptar sus planes urbanísticos.
Los ayuntamientos de estos 262 municipios afectados no podrán otorgar nuevas licencias de apertura para pisos turísticos hasta que adapten su planeamiento urbanístico al nuevo Decreto-ley. Esto se ha venido discutiendo debido a las dificultades actuales para obtener alquiler permanente, y ahora este momento ha llegado. Las licencias otorgadas tendrán una vigencia de 5 años renovables. Los nuevos pisos turísticos que deseen establecerse en estos lugares deberán solicitar una licencia urbanística municipal y una autorización turística previamente a la apertura, ambas válidas durante cinco años, con posibilidad de renovación.
En cuanto a los pisos turísticos existentes y debidamente habilitados en los 262 municipios, sus titulares tendrán un plazo de cinco años para solicitar la nueva licencia urbanística, contados desde la entrada en vigor del Decreto ley, o deberán cesar la actividad. Durante estos cinco años, los ayuntamientos afectados deberán haber modificado su planeamiento municipal y, por tanto, estar en condiciones de dar respuesta a estas solicitudes, según fuentes oficiales.
La nueva regulación establece un límite de 10 licencias turísticas como máximo por cada 100 habitantes. Sitges cumple esta normativa por lo que el nuevo Decreto Ley no afecta a Sitges directamente, de todos modos, todos los ayuntamientos deberán modificar sus planes urbanísticos para permitir expresamente la compatibilidad del uso turístico con el de vivienda. Esto solo será posible si al mismo tiempo justifican que cuentan con suelo suficiente para viviendas destinadas al domicilio habitual y permanente de la población residente. Por lo tanto, si el ayuntamiento de Sitges mantiene la regulación de 10 licencias por cada 100 habitantes, no habrá problema.
¿Sabias que el ratio de licencias turísticas era de 10 por cada 100 habitantes?
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Artículo de Living Sitges Inmobiliaria