En Living Sitges sabemos que uno de los temas más complejos y relevantes para los propietarios de viviendas es la tributación en el IRPF. Comprender cómo afecta la fiscalidad a las diferentes situaciones inmobiliarias es esencial para evitar sorpresas al presentar la declaración. A continuación, te ofrecemos una guía completa sobre cómo tributar tu vivienda en el IRPF, dependiendo del uso que le des.
Tributación de la vivienda habitual
La vivienda habitual está exenta de tributación en el IRPF, lo que significa que no tendrás que pagar impuestos por ella, aunque sí deberás incluirla en tu declaración.
Tributación de una segunda vivienda
Si posees una segunda vivienda, su tributación varía según si ha generado ingresos o no:
- Sin ingresos por alquiler: Si no has alquilado la vivienda durante el ejercicio, deberás tributar en la base general del IRPF por imputación de rentas inmobiliarias. Esto implica pagar impuestos sobre un porcentaje del valor catastral del inmueble, que puede ser del 1,1% o del 2%, según el caso.
- Con ingresos por alquiler: Los rendimientos obtenidos se consideran rendimientos del capital inmobiliario, pudiendo deducir los gastos relacionados.
Tributación de una vivienda alquilada
Si alquilas una vivienda, debes declarar los rendimientos obtenidos como rendimientos del capital inmobiliario. Para calcularlos, debes tener en cuenta tanto los ingresos recibidos como los gastos deducibles, que incluyen, entre otros, los intereses de financiación, gastos de reparación, y los tributos locales.
Tributación de una segunda vivienda alquilada
Hasta 2023, los rendimientos de una segunda vivienda alquilada para uso habitual disfrutaban de una reducción del 60%. Sin embargo, desde 2024 esta reducción se ha reducido al 50%. Además, esta ventaja fiscal no se aplica a alquileres de carácter turístico.
Tributación de una vivienda heredada
Al heredar una vivienda, no se tributa en el IRPF, salvo que se venda la propiedad, lo que generaría una ganancia patrimonial sujeta a tributación. Si la vivienda heredada se alquila, los ingresos obtenidos tributan como rendimientos del capital inmobiliario.
Cesión de vivienda a familiares
Ceder una vivienda a familiares puede generar obligación de tributar en el IRPF. Dependiendo del contrato y el grado de consanguinidad, se tributará por imputación de rentas o por rendimientos del capital inmobiliario.
Tributación de una vivienda vacacional
Los ingresos por alquiler turístico tributan como rendimientos del capital inmobiliario. No obstante, si dispones de personal contratado para gestionar la propiedad, se considerarán rendimientos de actividades económicas. Es necesario declarar los ingresos generados y deducir los gastos proporcionados a los días alquilados.
Compra de una vivienda
La compra de una vivienda no genera la obligación de tributar en el IRPF, pero sí debes incluir el inmueble en tu declaración. En caso de comprar una vivienda nueva, deberás abonar el IVA (generalmente del 10%) y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD). Para viviendas de segunda mano, el impuesto principal es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), cuyo porcentaje varía según la comunidad autónoma.
Reinversión en vivienda habitual
Si decides vender tu vivienda habitual para comprar otra, la ganancia obtenida puede estar exenta de tributación si reinviertes el importe en un nuevo inmueble dentro de un plazo de dos años.
Tributación de la dación en pago
En caso de entregar tu vivienda habitual como dación en pago o en una ejecución hipotecaria, la ganancia patrimonial puede estar exenta de tributación en el IRPF, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos, como la cancelación total de la deuda hipotecaria.
En Living Sitges te ayudamos a comprender y gestionar todos estos aspectos para que puedas tomar decisiones informadas sobre tu propiedad. ¡Contáctanos para más información!
Artículo de Living Sitges Inmobiliaria